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Cirugía de Corta Estancia

CIRUGÍA AMBULATORIA

La NOM para la práctica de cirugía mayor ambulatoria define así a los procedimientos quirúrgicos que requieren de salas de quirófano pero que no producen invalidez, afectación o modificación de los parámetros de las funciones vitales del paciente en la valoración postoperatoria inmediata y que pueden ser dados de alta en 24 horas o menos.  

REQUISITOS PARA CIRUGÍA AMBULATORIA

(De acuerdo a NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria y la NOM-006-SSA3-2011, Para la práctica de la anestesiología):

  1. Programación previa de la cirugía (solamente se permite cirugía NO programada en casos de urgencia que no limiten las funciones vitales en el postoperatorio inmediato, que cumplan con los requisitos 2 y 4 y que a juicio del cirujano y el anestesiólogo no se prevean riesgos o complicaciones en el postoperatorio inmediato)
  2. Estado físico del paciente I o II (ASA)
  3. Expediente completo incluyendo exámenes preoperatorios o de gabinete igual que para cirugía convencional
  4. Valoración pre anestésica y, si es necesario, cardiovascular o de la especialidad que requiera
  5. Que no tenga enfermedades agudas intercurrentes
  6. Que no requiera hospitalización mayor a un día ni transfusión sanguínea
  7. Que no tenga antecedentes de hipertermia maligna o uso de medicamentos potencializadores de la anestesia

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EXCLUYENTES DE CIRUGÍA AMBULATORIA:

  1. Lactantes con alto riesgo de complicación respiratoria
  2. Estado físico mayor de II (ASA)
  3. Enfermedad aguda intercurrente
  4. Otras condiciones especiales que determine el cirujano o el anestesiólogo que excluya al paciente de la práctica de cirugía ambulatoria

Antes de la cirugía el anestesiólogo debe confirmar el estado general del paciente para permitir la cirugía.

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